Rust Oleum

Bases y condiciones del concurso

Conoce nuestras Bases y condiciones

BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO "Sorteo Capacitaciones con Expertos - 5ta edición"

  1. La presente promoción (en adelante la "PROMOCIÓN"), cuyo organizador es RUST OLEUM ARGENTINA S.A., CUIT 30-70475964-5, con domicilio en Sucre 1918 Piso 1°, Beccar, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, (en adelante el “Organizador”), es válida desde las 15:00 horas del día 30 de Mayo de 2023, hasta las 11:00 horas del día 08 de Junio de 2023, (en adelante denominado el "PLAZO DE VIGENCIA").
  2. Estas bases estarán disponibles durante el PLAZO DE VIGENCIA en la PÁGINA WEB https://rustoleumla.com/la/concurso/bases-y-condiciones
  3. La sola participación en la presente PROMOCIÓN implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones (en adelante las "BASES"). El ORGANIZADOR se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas, no existiendo derecho a reclamo alguno por parte de los participantes.
  4. Podrán participar de la PROMOCIÓN todas aquellas personas físicas mayores de 18 (dieciocho) años, residentes en Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay, Perú, México, que durante el PLAZO DE VIGENCIA contesten la pregunta "Nombrar los cuatro pasos fundamentales para renovar una ventana (limpieza, sellado, imprimado y pintado) a modo de comentario en la publicación que realizará el ORGANIZADOR el día de inicio del PLAZO DE VIGENCIA en su cuenta de Instagram: instagram.com/rustoleumla (@rustoleumla), debiendo asimismo los participantes ponerle “me gusta” a dicha publicación y seguir la cuenta de Instagram: @rustoleumla
  5. Quedará excluido automáticamente de la presente PROMOCIÓN la participación que no cumpla con la totalidad de los requisitos establecidos en la Cláusula anterior.
  6. La participación en la PROMOCIÓN no implica obligación directa ni/o indirecta de compra ni/o contratación de servicio alguno con el ORGANIZADOR, ya que el modo de participar es absolutamente libre y gratuito.
  7. Los participantes que reúnan los requisitos mencionados en la cláusula cuarta de las BASES podrán participar de un sorteo conforme la cláusula octava, por los siguientes premios (los “PREMIOS”), a confirmar según disponibilidad de cada país, en el caso de no haber stock se reemplazará por otro similar:.

    Producto Descripción del artículo
    Metal Protection Brochable
    Metal Protection Martillado
    Metal Protection Efecto Metal
    Metal Protection Transparente
  8. La selección del participante ganador de los PREMIOS se llevará a cabo el día 8 de Junio de 2023, a las 15:00 horas a través de la plataforma https://app-sorteos.com/es/apps/sorteados registrándose forma virtual a través del siguiente link de Zoom https://zoom.us/j/97455762967?pwd=OE9uZFJLbGJiaGhjSmhUL04vQ2RZUT09 (en adelante, la “SELECCIÓN”). La SELECCION se efectuará entre los participantes que reúnan las condiciones establecidas en las presentes BASES, y el participante seleccionado en primer lugar que cumpla con la totalidad de los requisitos establecidos en la Cláusula CUARTA será el ganador de los PREMIOS. El ORGANIZADOR procederá también a seleccionar un número de 2 (dos) ganadores suplentes para el caso de imposibilidad de contacto con el participante ganador seleccionado en primer lugar.

    Una vez efectuada la SELECCION, el Organizador notificará, a través de publicaciones en las cuentas de Instagram @rustoleumla y @viviantcast, arrobando debidamente al participante ganador, su condición de ganador. Si el ganador no confirma su expresa conformidad respecto a los PREMIOS adjudicados dentro del plazo de cinco (5) días corridos, perderá todo derecho a los mismos. En caso de que no se logre establecer contacto con el potencial ganador, o establecido dicho contacto el mismo no cumpliera con todos y cada uno de los requisitos de las BASES, se procederá a declarar el PREMIO desierto respecto a dicho potencial ganador, y el ORGANIZADOR procederá a adjudicarlo al ganador suplente que se seleccionará en el mismo acto de SELECCIÓN.

  9. La participación en la presente PROMOCIÓN es personal e intransferible del participante que ha cumplido con los requisitos establecidos en las BASES. En ningún caso los PREMIOS podrán ser canjeados por dinero en efectivo ni/o servicios ni/o cualquier otro bien. Los PREMIOS no incluyen ningún otro pago ni/o prestación ni/o bien ni/o servicio distinto del consignado como los PREMIOS.
  10. El ORGANIZADOR remitirá los PREMIOS al ganador de la PROMOCIÓN a l domicilio que éste denuncie. No obstante ello, todo otro gasto de cualquier naturaleza (movilidad, traslados, etc.) que los ganadores tuvieren que efectuar para retirar y/o utilizar los PREMIOS serán a su exclusivo cargo.
  11. La PROMOCIÓN no es acumulable con otras promociones ni/o concursos dispuestos por el ORGANIZADOR.
  12. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la PROMOCIÓN que se realice por cualquier proceso, técnica mecánica de participación distinta a la detallada en estas BASES. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el participante. Los ORGANIZADORES conservarán para sí y dispondrán de los PREMIOS que no hubieren sido asignado según su sólo criterio.
  13. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imagen de los ganadores de la PROMOCIÓN por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el plazo de un (1) año y sin obligación de realizar compensación ni/o contraprestación alguna a favor del ganador.
  14. Todo impuesto que deba tributarse sobre o en relación con los PREMIOS, toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al estado nacional, sociedades del estado, provincias, municipalidades u otros entes gubernamentales con motivo de la organización de la PROMOCIÓN o del ofrecimiento de los PREMIOS, serán a exclusivo cargo del participante ganador.
  15. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). A tal efecto, el titular de los datos personales podrá dirigir una carta al ORGANIZADOR, o un correo electrónico a atencionalcliente@rustoleumla.com, solicitando el acceso a sus datos y, en su caso, requerir la actualización, modificación o eliminación de los datos que considere erróneamente registrados. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. El ORGANIZADOR serán el único titular de la Base de Datos mencionada. El ORGANIZADOR protegerá la Base de Datos de acuerdo con los estándares impuestos por la normativa vigente y las reglas del arte que razonablemente brinden integridad y seguridad a los datos personales que contiene. Al momento de facilitar al ORGANIZADOR sus datos personales, los participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el ORGANIZADOR con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El ORGANIZADOR almacenarán únicamente el nombre, apellido y el correo electrónico de los participantes. El titular de los datos podrá, en cualquier momento, solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la Base de Datos, enviando un correo electrónico atencionalcliente@rustoleumla.com.
  16. No podrán participar de la PROMOCIÓN, ni hacerse acreedores de los PREMIOS, el personal del ORGANIZADOR, el personal del área de publicidad, el de las agencias de publicidad, promoción, proveedores ni/o familiares directos de los mismos, como tampoco podrán participar los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, ni/o tampoco los ex empleados de esas empresa que se hubieren desvinculado de las mismas hasta ciento ochenta (180) días antes del día del inicio del PLAZO DE VIGENCIA, ni sus parientes hasta el mismo grado antes mencionado.
  17. El ORGANIZADOR podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la PROMOCIÓN y/o introducir modificaciones a cualesquiera de los puntos enunciados precedentemente, dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios, cuando circunstancias no imputables al ORGANIZADOR o no previstas en estas BASES o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen.
  18. La mera participación en la PROMOCIÓN implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de las BASES, así como las decisiones que posteriormente pueda adoptar el ORGANIZADOR.
  19. La probabilidad de ganar los PREMIOS dependerá en cada caso de la cantidad de participantes en la PROMOCIÓN que cumplan con los requisitos establecidos en estas BASES, por lo que no es posible su determinación exacta al momento de publicar estas BASES. No obstante ello, y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se ha realizado un cálculo estimativo tomando a modo de ejemplo que si hubieran cien (100) participantes en la PROMOCIÓN, la probabilidad de ganar los PREMIOS será de 1 en 100.
  20. El ORGANIZADOR no se responsabiliza, ni/o en forma directa ni/o indirecta por la utilización de los PREMIOS.
  21. Toda relación que en virtud del concurso se genere entre el participante y el ORGANIZADOR será regida y concertada con total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando los participantes a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el ORGANIZADOR y el participante, los Tribunales Nacionales Ordinarios en lo Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por el participante a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.